El pasado 22 de julio murió a causa de un accidente de tráfico el líder de la oposición cubana Oswaldo Payá. En el automóvil viajaban, además de Payá, el disidente cubano Harold Cepero -también fallecido-, el político sueco Jens Aron Modig -que resultó herido levemente y ya está de vuelta en Suecia- y Ángel Carromero, dirigente de las Nuevas Generaciones del Partido Popular en Madrid -conductor del automóvil en el momento del siniestro, actualmente en prisión preventiva en la isla-.
Al ser el conductor del vehículo, Carromero se expone a una pena de entre uno y diez años de cárcel, debido a que se le acusa de homicidio imprudente. Por otro lado, las autoridades cubanas reprochan que el visado que obtuvieron los políticos español y sueco era de turista pero se dedicaron a realizar actividades políticas, lo cual está prohibido según la normativa migratoria. Sin embargo, Modig se encuentra ya en Suecia, por lo que dirimir argumentos políticos para defender la retención de Carromero debiera convertirse en estéril.
Cuando una persona viaja a un país extranjero de sobra es conocido que ha de acogerse a la legislación vigente en el país destino, por lo que si finalmente se esclarece que existió una imprudencia que derivó en la muerte de dos hombres, Carromero habría de pagar por ello -ya sea en Cuba o en España, pues existen acuerdos que permiten cumplir algunas condenas en el país de origen-, y habría de hacerlo según la normativa cubana, por lo que es probable que la prisión preventiva se alargue hasta que exista una sentencia firme respecto al caso.
No hay que olvidar que Modig ya está en Suecia, y no hay que olvidar que Carromero era el conductor del vehículo y el único al que se le imputan los cargos derivados por la conducción, por lo que ambos casos son comparables exclusivamente en lo que a personalidades políticas se refiere. Es decir, que si la retención del español es más prolongada de lo habitual debido a su pertenencia al Partido Popular, el Gobierno de España debería exigir la puesta en libertad de Carromero con las mayores celeridad e insistencia posibles (ya que se estaría produciendo un tratamiento diferente en dos casos iguales); pero si la prisión preventiva es la forma habitual que tienen las autoridades cubanas de actuar ante este tipo de incidentes, resultan improcedentes los intentos de acelerar el proceso, ya que el accidente es un hecho y Carromero admitió ser el conductor del vehículo.
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